El derecho al olvido versus la libertad de información

Regulación en Internet: Desde hace tiempo, hay diferentes intentos de la Unión Europea por regular las situaciones y fenómenos, que tienen a Internet como escenario; siendo que existe una gran resistencia (por parte de los usuarios, portales y empresas web) para que el Estado intervenga en el mundo online.
No obstante, las redes sociales hicieron sentir su poder, incluso en el plano político. Piénsese en los ejemplos, con distintas magnitudes, de Egipto, Túnez, España, etc. Algo que era impensado años atrás, demostró que cuando miles o millones de personas se comunican en tiempo real, pueden derrocar a un gobierno, si se lo proponen.
Si bien hoy el foco de la discusión pasa por la propiedad intelectual en Internet (especialmente con la cumbre del e-G8), no podemos perder de vista otro gran tema, que se las trae y desde el cual se viene hablando desde hace tiempo: el derecho al olvido. ¿Pero por qué este tema puede resultar tan escabroso en Internet, especialmente en lo que a la libertad de información se refiere?
Concepto restringido del derecho al olvido: Primero, y para entender la cuestión planteada, debemos precisar qué se entiende por el derecho al olvido. En un sentido estricto, como el propuesto por Viviane Reding, vicepresidenta de la Comisión Europea y responsable de Justicia, “implica que los usuarios puedan exigir a las empresas como Facebook que borren completamente sus datos personales o fotos cuando se den de baja en el servicio”.
Aunque este primer enfoque del derecho al olvido va dirigido a las redes sociales; existen otros aspectos del mismo, que son justamente lo que está generando polémica en los medios online.
Congreso Nacional de Privacidad: Es así que en el I Congreso Nacional de Privacidad, organizado recientemente en Madrid, se debatieron las posibles consecuencias del derecho al olvido en los medios de comunicación online.
En este sentido, cabe señalar lo manifestado por Javier Fernández-Samaniego, socio director de Bird&Bird, quien considera que imponer reglas a los medios de comunicación para que se borren informaciones por reclamaciones de los particulares podría ser:
- un acto limitativo de la libertad de información, incluso sinónimo de censura informativa;
- y una forma de fomentar la irresponsabilidad de las personas, que verían en el derecho al olvido una herramienta capaz de borrar sus acciones sin asumir sus consecuencias.
Opinión personal: Creo que este argumento sintetiza perfectamente la nueva tensión entre “el derecho al olvido”, y la libertad de información en Internet. ¿Ustedes qué opinan? Creo que parte de las nuevas discusiones (y batallas legales) sobre Internet se basarán en este conflicto de intereses (y derechos). ¿Podría extenderse el derecho al olvido a las redes de blogs? Yo creo que sí. ¡Guarda ahí!
2 perlitas (o datos complementarios) para el tema:
- En España, las reclamaciones sobre el derecho al olvido en Internet aumentaron un 56% en 2010.
- En Argentina, el art 1° Ley 26.032 considera que “La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión”.